26 de enero de 2016

2016 - El Año del Cambio



Corrió mucha agua bajo el puente desde 2001. Si bien los argentinos conocemos de crisis, cambios, movimientos y debacles, nunca dejamos de sorprendernos ante una nueva movida social y tampoco terminamos de acostumbrarnos a ellas. Por suerte...

Una etapa nueva se abre a modo de cambio; sin saber a priori si será mejor o peor, sabemos que los planteos, las propuestas y las formas empiezan a ser diferentes.
Por lo tanto, empezaremos a buscar en nuestro ámbito cuáles serán las novedades que regirán los destinos de la gran familia del seguro en este 2016.

Trataremos desde aquí el sumar, el aportar y el alentar, en todo lo que podamos para que la cultura aseguradora crezca entre nosotros y abrir a la mayor cantidad de gente posible el hecho de comprender lo que el seguro significa a nivel social y personal.

Buen año para todos. Ahí vamos.



28 de septiembre de 2015

Lo Ayudamos A Estar Más Seguro...




Si Usted es...




  • ... Monotributista y ejerce un oficio, necesita un Seguro de Accidentes Personales...

  • ... Profesional del Área de Salud, desde un médico clínico a un cirujano pasando por un radiólogo, un dentista o un veterinario inclusive, necesita un Seguro de Responsabilidad Civil para Profesionales de la Salud...

  • ... Ama de Casa y tiene personal temporario que la ayuda con los quehaceres, necesita cubrirlo con un Seguro de Accidentes Personales Jornada Laboral, con o sin In Itinere, con Sepelio y Cobertura de Gastos Médicos...

  • ... Empresario, y es el único proveedor de ingresos para su grupo familiar, necesita un Seguro de Vida Completo...

  • ... Comerciante, y no cuenta con un importante capital que le permita montar su negocio de nuevo de un día para el otro, necesita un Seguro Integral de Comercio...

  • ... Profesional, abogado, contador, arquitecto, ingeniero, escribano, etc., usted necesita un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional...

En síntesis, si usted tiene una actividad cualquiera sea... SEGURO NECESITA UN SEGURO...


Llámenos, y le ayudaremos a encontrar y contratar el óptimo para estar más seguro.

3 de septiembre de 2015

Responsabilidad Civil Comprensiva




Al hablar de RC Comprensiva nos referimos a la responsabilidad civil en que incurre el asegurado por el ejercicio de su actividad desarrollada en las ubicaciones del riesgo declarado.
Para explicarlo a través de algunos ejemplos, es la responsabilidad que cabe por eventuales daños que puedan sufrir clientes en un local comercial o industrial; los asociados de un club, asociación o sociedad sin fines de lucro; los consorcistas e inquilinos cuando el asegurado es un consorcio de propietarios o pasajeros de los cuales es responsable una empresa de viajes y turismo, un hotel, un complejo o un centro turístico.

Sobre ésta base hay cantidad de cláusulas adicionales para enmarcar una vasta cantidad de actividades que quedan incluidas dentro del concepto expuesto y tienden a cubrir actividades complementarias a la actividad principal del asegurado.

Por ejemplo, si hablamos de un hotel, complementos posibles de incluir como coberturas adicionales en la póliza de RC Comprensiva serían la guarda de vehículos cuando el mismo ofrece cocheras; el suministro de alimentos (desayuno, pensión completa); rotura de cañerías, uso de piletas de natación, actividades recreativas incluidas en el alojamiento, etc. 

La RC Comprensiva tiene dos reposiciones de suma asegurada; es decir la suma de arranque y dos más a lo largo de la vigencia de la póliza.

Por lo general no se requiere informe de inspección salvo para riesgos y actividades tales como locales bailables, geriátricos, polígonos, actividad en campos petroleros y otros (ver detalles de especificidad en póliza)

Con el objetivo de cubrir necesidades específicas se han creado los siguientes productos:

  • RCC - Actividad en Predios de Terceros
  • RCC - Actividades Comerciales y Otras
  • RCC - Actividad de Turismo y Centros Recreativos
  • RCC - Actividad Eventos y Espectáculos
  • RCC - Actividad Agropecuaria
  • RCC - Actividad de Empresa de Servicios Públicos
  • RCC - Actividad Sujetos de GNC




24 de junio de 2015

Accidentes Personales - Prestacional




El AP Prestacional es un seguro que puede contratarse de forma individual o colectiva.

El perfil del asegurable a quien se orienta éste producto, es aquel que por su ocupación o profesión independiente no cuenta con una cobertura de ART.
Dentro de éste concepto, también englobamos a todos aquellos trabajadores que contratemos de manera transitoria, por ejemplo para la colocación de un aire acondicionado, una tarea de limpieza, un jardinero o cualquier otro oficio o profesión que cumpla con una tarea específica y acotada por la cual podemos ser civilmente responsables en caso de accidente.

Las coberturas básicas que éstas pólizas contemplan son:

  • Muerte
  • Invalidez total y/o parcial permanente
  • Asistencia médica sin franquicia 
  • Renta Diaria por Internación
  • Gastos de Sepelio

La cobertura médico farmacéutica se realiza a través de la red de prestadores que la compañía pone a disposición; no obstante ésto, también existe la posibilidad de hacerlo fuera de esa red y solicitar luego reintegro.


La cobertura actúa en caso de accidente del asegurado por el hecho o en ocasión del trabajo que realiza, dentro del horario y ámbito donde desempeña sus tareas, incluido el trayecto directo e inmediato entre su lugar de trabajo y su domicilio, y viceversa. 
Dentro de ésta modalidad se prevee cubrir el uso de motocicletas.

25 de febrero de 2015

Accidentes Personales - Autónomos 24 Horas






La presente cobertura puede ser contratada de manera individual o colectiva.

La cobertura está orientada a cubrir aquellos trabajadores que ejercen oficios y a profesionales independientes, ambos no incluidos en el régimen de cobertura de ART, y a todo aquel que requiera una protección permanente, las 24 hs. del día los 365 días del año.

También pueden contratarla aquellas personas que tengan personal temporario o permanente a su cargo o por las cuales sean responsables civilmente en caso de accidente.

La cobertura que ofrece abarca:

  • Muerte
  • Invalidez Total y/o Parcial Permanente
  • Asistencia Médica Con o Sin Franquicia
  • Renta Diaria

La cobertura de ésta póliza actúa de manera permanente, las 24 hs. del día los 365 días del año sin importar el lugar ni la actividad que efectúe el asegurado (salvo las exclusiones detalladas en las condiciones particulares)