23 de marzo de 2017
20 de marzo de 2017
2 de marzo de 2017
¿Qué es un Seguro de Retiro Individual? 2da. Nota
Escuchamos hablar mucho de las "etapas" en la vida social de una persona. Y cuando a trabajo nos referimos, las dos "etapas" mencionadas son la "etapa activa" y la "etapa pasiva".
Ilustremos un poco más en detalle los conceptos de los que hablamos.
Etapa Activa
Es la que encuentra al asegurable en plena vigencia de sus facultades para generar recursos; trabaja, gana dinero, desarrolla proyectos y es un productor activo de recursos económicos.
Esto posibilita una de las funciones sociales más importantes: efectúa ahorros o inyecta aportes al sistema previsional.
Dicho sistema es solidario; hay individuos que aportan y otros que cobran. Quienes aportan son los que están activos y sus aportes sirven para sostener a quienes ya dejaron de aportar.
Cuando este sistema fue implementado en algunos países a principios del siglo 20, la relación de equilibrio entre un grupo y otro (activos y pasivos) era de promedio 7 a 1. Por cada 7 componentes que aportaban, 1 ya gozaba de recibir una renta que le permitía seguir con su vida normal en la etapa en la que ya no se hallaba físicamente apto para el trabajo.
Hoy, en nuestra sociedad, en Argentina del año 2017, se considera que la relación de equilibrio es de 3 a 4; 3 aportan, 4 viven de lo que el sistema les provee.
En parte, esto se debe a la gran cantidad de trabajo informal (en negro) que hay. Por otro lado, hay que tomar en cuenta la cantidad de "Planes Sociales" que colaboraron en deteriorar la cultura del trabajo y que, mal implementados, empujó a que tres generaciones de ciudadanos no hayan pasado por una etapa laboral activa en su vida.
Definitivamente los sistemas previsionales están colapsados y podemos verlo día a día desde el retorno de la Democracia en el reclamo permanente por jubilaciones magras que no alcanzan a cubrir ni el 40 % de las necesidades de quienes las perciben.
¿Qué previsión podemos hacer de forma particular para prever lo que nos va a tocar vivir en un futuro cuando agotemos nuestra etapa activa?
Generar un Seguro de Retiro que nos provea de una renta para poder seguir manteniendo el mismo nivel de vida sostenido durante la etapa activa.
Primas
A los aportes que los asegurados hacen a sus cuentas de ahorro se los denomina "Primas". Son las llamadas "cuotas" que cada persona en posesión de un seguro de vida, paga.
El monto de estas cuotas o primas que el asegurado paga o pagará al contratar un seguro, dependerá de una de dos cuestiones
- Su capacidad de ahorro o
- La renta con la que desee encontrarse al momento de su retiro
Puede haber diferente tipos de primas. Las Planteadas son las que se pactan según el plan, con un monto preestablecido y vencimientos determinados que pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales o anuales.
Las Primas Únicas son aquellas que se abonan al inicio de la contratación y tienen un monto mínimo estipulado.
La Prima Inicial es un pago que se abona al contratar la póliza y antes de la primer cuota pactada; y por último tenemos las Primas Extraordinarias que son aportes espontáneos que el asegurado hace sin previo aviso y en el momento en que por oportunidad lo considera adecuado. Ejemplo, cobro de una suma de dinero inesperada que se quiere resguardar a futuro dado que no había destino previo para darle.
Moneda
Las primas pueden ser abonadas, según se pacten en origen las pólizas, en moneda nacional (pesos) o extranjera (dólares). Cuando la póliza se toma en pesos, las formas de cancelación de las primas puede ser por débito automático en cuenta bancaria por CBU y/o pagaderas con tarjeta de crédito cuando las mismas son planteadas.
En el caso de primas únicas, iniciales y/o extraordinarias, los pagos se efectuarán directamente por caja a la aseguradora o por transferencia bancaria, en la mayoría de los casos. Puede que cada compañía, al momento de hacer el pago efectivo, plantee al asegurado opciones particulares.
Cuando la póliza que el asegurado toma es en moneda dólar, las primas planteadas reciben el mismo tratamiento que en pesos; pero en el caso de las demás, solo pueden ser abonadas por transferencias bancarias. Es posible que, por fuera de esta estimación, alguna compañía en particular estipule un procedimiento diferente.
Suspensiones de Pago
El asegurado puede tener razones para verse imposibilitado de abonar una o más primas planteadas, por lo que previo aviso a la aseguradora, puede tomarse la libertad de suspender momentáneamente los pagos sin que esto genere una deuda para con la compañía.
Es requisito indispensable sin embargo, el obligarse a la comunicación fehaciente del hecho a fin de evitar que la compañía realice un descuento por no aporte.
Vigencia de la Póliza
Siempre el inicio de la vigencia de la póliza para el caso de seguros de retiro individual (sea en pesos o en dólares) se fijará en el primer día del mes siguiente a su emisión. A tal fin, una vez presentada la solicitud, ésta pasará al Departamento Técnico que analizará los datos presentados y autorizará el contrato una vez éstos estén debidamente chequeados. Formalizado el contrato, se emite la póliza.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de una póliza?
Aquellos o aquel a quien o a quienes el suscriptor de la póliza designe libremente. Puede haber uno o varios beneficiarios. Si hay solo uno, el total de la suma asegurada le corresponderá en caso de siniestro. De haber más de un beneficiario, el asegurado indicará que porcentaje de la suma asegurada le corresponde a cada uno hasta completar el 100 % de la misma.
Los beneficiarios, sea uno o todos, pueden ser variados y/o cambiados por el asegurado tantas veces como él lo decida cumpliendo solamente con el hecho de informar correctamente y por las vías y los formularios correspondientes, éstos cambios a la compañía.
En caso de ocurrir el fallecimiento del asegurado durante su etapa activa, lo usual es que la compañía ponga a disposición de los beneficiarios el fondo acumulado hasta ese momento.
Para el caso de que el asegurado no hubiere designado beneficiarios y sobreviniese su fallecimiento, la aseguradora pagará los importes correspondientes a quienes fuesen sus herederos legales.
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