14 de noviembre de 2013

Estrategas - Novedad Importante en Comercialización de Seguros

Vía mail el equipo de la revista "Estrategas del Seguro y la Banca" nos ha hecho llegar la nota que reproducimos a continuación.  La misma, forma parte del último número editado, en la calle por estos días.





LA VENTA MASIVA DE SEGUROS Y LOS AGENTES INSTITORIOS TIENEN LOS DÍAS CONTADOS. “YA NO SE PODRÁN VENDER SEGUROS COMO CARAMELOS”, DIJO BONTEMPO.




En los próximos días una resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación regulará la venta de seguros masivos estandarizados y la actuación de los denominados agentes institorios. Será el principio del fin del Decreto 855 de 1994 que dispuso que "las restricciones que respecto de la intermediación de seguros se establecen en la ley 22.400, no son aplicables a aquellas operaciones de seguros que se ofrezcan al público en general".


Aquel decreto, emitido en plena época de liberalismo económico y firmado por el ex presidente Carlos Menem y el ex ministro de Economía Domingo Cavallo, causó por parte de las asociaciones de productores un rechazo frontal y su pedido de derogación durante 19 años. Ahora, el decreto será letra muerta a partir de la inminente resolución de la SSN.


Durante una entrevista realizada en el programa televisivo Pool Económico (martes 22.30 hs. por Metro www.pool-economico.com.ar), el superintendente de Seguros, Juan Bontempo, confirmó que el organismo de control avanzará en el dictado de una resolución que exigirá a los agentes institorios cumplir con los mismos requisitos que los productores asesores de seguros. La norma se integrará posteriormente a una ley general sobre la actividad aseguradora que se está elaborando en el marco del Plan Estratégico.


Bontempo dijo que actualmente los productores están en una situación de desventaja respecto a los agentes institorios y canales de ventas masivas: "El Estado le exige al productor que se capacite y esté al día, con el riesgo, si no lo hace, de perder su matricula", mientras que "los agentes institorios no tienen ningún tipo de exigencia por parte del Estado". El superintendente avanzó un poco más en el concepto, indicando que hay "un marco de profesionalismo por parte de los productores y existe una necesidad de que el sistema cuente con productores en la venta de seguros. No sucede lo mismo con los agentes institorios". 


"Como media de fondo pensamos cambiar la legislación, pero antes habrá una reglamentación que de inmediato le requiera a todo aquel que venda seguros las mismas exigencias que hoy tienen los productores para poder comercializar. Esto tiene que ver con un registro, con la necesidad de que se capaciten y estén acordes a la ley y que no se vendan seguros como si fueran caramelos".


Bontempo también dijo que "hay regiones del país donde el agente institorio trabaja más que un productor y en las grandes ciudades vemos situaciones donde un negocio que vende electrodomésticos también vende seguros como un producto más. Entendemos que ninguna de las dos situaciones debe continuar".


Algunas de las prácticas de comercialización de seguros que colapsarán con la nueva reglamentación serían las siguientes:


·        Venta de seguros vía entidades bancarias. Los bancos podrán continuar con la comercialización de seguros de Vida y otros relacionados a los préstamos. Pero no podrán comercializar seguros ajenos a los créditos que otorgan (combinados familiares o seguros de autos).


·        Las empresas de electrodomésticos ya no podrán vender junto a sus productos seguros del tipo compra protegida o similar.


·        La venta de seguros por Internet está (por ahora) en zona gris. Algunas prácticas quedarán suprimidas.

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