30 de mayo de 2016

Servicio MBAIS - OSSEG / Bronquiolitis




Ponemos al alcance de nuestros seguidores información útil que parte de la Obra Social de Seguros.
Regularmente postearemos folletos de referencia para que puedan ser descargados y conservados, para ser utilizados en casos de necesidad o emergencia.





27 de mayo de 2016

Servicio MBAIS - Cuidado de la Salud / Migrañas




Ponemos al alcance de nuestros seguidores información útil que parte de la Obra Social de Seguros.
Regularmente postearemos folletos de referencia para que puedan ser descargados y conservados, para ser utilizados en casos de necesidad o emergencia.






25 de mayo de 2016

Servicio MBAIS - OSSEG Plan Materno Infantil / Control Prenatal




Ponemos al alcance de nuestros seguidores información útil que parte de la Obra Social de Seguros.
Regularmente postearemos folletos de referencia para que puedan ser descargados y conservados, para ser utilizados en casos de necesidad o emergencia.





23 de mayo de 2016

Servicio MBAIS - OSSEG Plan Materno Infantil




Ponemos al alcance de nuestros seguidores información útil que parte de la Obra Social de Seguros.
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20 de mayo de 2016

La Máquina de Fabricar Dinero






Servicio MBAIS - Centro de Orientación al Ciudadano




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16 de mayo de 2016

"¡¡El seguro no me lo cubre...!!" - Lo Que TENES Que Saber Del Seguro




Es quizá la frase más escuchada y conocida entre quienes estamos en este negocio.
Sin embargo, siendo el asegurado una de las tres patas del banco (junto al productor y la compañía) es muy difícil que evite gritarla a los cuatro vientos al momento de un siniestro.
Siempre habrá algo que reclamar; pero... ¿conocemos cuales son nuestras obligaciones como asegurados?
Difícilmente éste se toma el tiempo de leer una póliza... Delega en el Productor Asesor la responsabilidad de manejar el conocimiento, como si  con eso lograra una conexión "mágica" y éste supiera lo que aquel hace con su bien asegurado.

Es usual que cuando se llega al momento de contratar una póliza el asegurado crea que allí acabó su responsabilidad: en la firma por la recepción de una póliza.
Creerá de forma errónea que ésto lo releva mágicamente de saber cuáles son sus obligaciones y traspasa toda la responsabilidad del estar informado en el productor.
Craso error... La responsabilidad por el bien que se asegura, su cuidado y la actualización de todo lo referido a él, que debe informarse siempre y permanentemente al asegurador, es siempre SU responsabilidad.
Resolver ésto sería más simple de lo que parece si fuese posible lograr ese mínimo de contacto póliza-asegurado que el caso requiere.

Veremos si desde aquí podemos aportar algo para evitar la expresión que inevitablemente se escucha cuando algo no se cumplió debidamente... "¡El seguro no me lo cubre...!"



Lo que se debe saber... - Cargas, Obligaciones y Exclusiones


Lo fundamental, aunque no se lea el resto de la póliza, es ir al punto denominado "Exclusiones" de la póliza que se le entrega y leerlo completo, subrayando si es necesario para tener presente lo importante.
Estas exclusiones, son aquellas limitaciones jurídicas que son mencionadas de forma específica en la póliza y trata de situaciones que el seguro, aclara a priori, que no va a cubrir.
Algunas se las define como relativas, son las que estan sujetas a ciertas variantes o contemplaciones. Las otras son llamadas absolutas y estan fuera de toda contemplación de manera taxativa.
En una nota posterior nos ocuparemos de comentar exclusiones curiosas o poco conocidas de los seguros más usuales.

Las "Cargas" son aquellas condiciones de póliza que fijan reglas de conducta que el asegurado debe respetar y cumplir. 
El incumplir una carga deriva directo en la caducidad de los derechos; aclarando que, si el asegurado no cumple lo que le corresponde, el seguro no le cubrirá lo que debería. Así de simple y directo.
¿Qué es lo salva al asegurado de ésto? que causas de fuerza mayor o fortuitas, ajenas a él en absoluto, le impidan el cumplimiento de esas cargas. Bajo estos términos, los derechos quedan vigentes.
Pero en todo lo demás, la responsabilidad es absoluta del asegurado.

En general, las denominadas cargas que se le imponen al asegurado tienen que ver con una toma de conciencia, responsabilidad y cuidado del bien asegurado. 
Informar sobre él, mantener al asegurador al tanto sobre su estado, sus cambios o modificaciones.
Por ejemplos podemos citar que el asegurado deberá declarar, al momento de la contratación de un seguro, el correcto estado del riesgo (el objeto a asegurar); por ser el caso de un auto digamos, si tiene un choque no puede no declararlo
Ese hecho anularía la vigencia de la cobertura y se denomina técnicamente "reticencia", el ocultamiento de alguna condición especial del objeto que se va a asegurar.

Otro ejemplo podría ser no denunciar cambios en el objeto asegurado. Yo aseguro una casa de dos ambientes y construyo uno más. Subo la cantidad de metros cuadrados cubiertos y no los declaro al seguro. Esto se denomina usualmente "agravación del riesgo", cambio algo relativo a lo asegurado respecto de lo que pacté en la póliza.
En caso de incendio, el seguro puede negarse a pagar por no coincidir lo declarado con lo real.

¿Y cuáles son las "Obligaciones" primordiales del asegurado? Pagar la prima, la cuota anual o mensual de su seguro. Con eso, observando las cargas y teniendo en claro las exclusiones, tendrá certeza de que ante un siniestro, el seguro responderá correctamente. 

El seguro, en toda su amplitud y extensión como concepto, está estructurado en base a reglas y condiciones estadísticas, matemáticas, lógicas y legales. Todo se basa en cálculos, estadísticas, condiciones legales (derechos y obligaciones) y pautas de sentido común sentadas por escrito.
Intentar evadirse de ello es un sin sentido. Tarde o temprano se llega a los hechos.
Por eso es mejor saber que delegar. Lea su póliza, no deje que otro cargue con su responsabilidad.